El Congreso de la República es el que tiene la última palabra para permitir el ingreso de tropas extranjeras a territorio colombiano, por lo cual la decisión de cooperación militar internacional no tendría que ser aprobada por la Corte Constitucional.
Los tratados de cooperación militar internacional deben ser sometidos por el Presidente de la República a un control político según dicta la Constitución colombiana.
En la norma constitucional, no se regula el número de tropas extranjeras que puedan hacer tránsito en territorio nacional, tampoco el tiempo durante el que lo puedan hacer ni el tipo de armamento que pueda ingresar.
“5.000 soldados en Colombia”, el apunte de Bolton que sembró la intriga
¿Qué opinas?